El 7 de Agosto se van a cumplir 3 años de la firma del convenio entre Mendoza, La Pampa y Nación y así un año más sin novedades y sin soluciones concretas!!
Proponemos poner por 1 semana como protesta y reclamo ésta foto en nuestro perfil!
Seas o no pampeano... ayudanos con tu granito de arena para que más gente se enteré y se una!!
Pueden leerlo el convenio acá:
http://www.lapampa.gov.ar/novedades-de-rec-hid-nov/3716-convenio-con-mendoza-por-el-atuel.html
RECLAMAMOS JUSTICIA POR EL ATUEL EN LA PAMPA!!!
ATUEL: Es “el río robado”, es el río de la sed y del lamento
NO SE OLVIDEN DE FIRMAR LA PETICIÓN!:
http://www.ipetitions.com/petition/porelrioatuel
Al Atuel en La Pampa también lo conocemos como “el río robado”. Es un curso que nace en la provincia de Mendoza y es tributario del Río Salado-Chadileuvú. El emprendimiento de diques denominado Los Nihuiles permite aprovechar el agua para regar los oasis mendocinos de San Rafael y General Alvear. El aprovechamiento de sus aguas para riego determinó que cambiara la naturaleza del río tanto en el sur de Mendoza como en La Pampa. Lo que antes eran los tres brazos mayores del Atuel en La Pampa quedaron reducidos solamente al Arroyo de La Barda, y éste con escurrimientos muy esporádicos.
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Asociación Alihuén:
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Secretaría de Recursos Hídricos de La Pampa:
http://www.lapampa.gov.ar/rechidricos.html
Base de Datos Hídricos La Pampa:
http://www.bdh.lapampa.gov.ar/lapampa
HISTORIA DE LA PROBLEMÁTICA:
* En 1918, obras clandestinas de captación y desvío ejecutadas al Sur de Colonia Alvear, a la altura de Paso El Loro (Puesto Bello), provocaron la extinción del brazo más oriental, el que pasando al Noreste de Santa Isabel confluye al Chadileuvú en el Paso de La Horqueta, en proximidades del actual puente de la Ruta Nacional 143.
* La colonia Butaló que se había formado en los años 10 por iniciativa oficial hubiera sido un notable futuro agroganadero del entonces territorio pampeano.
* Luego en los años 1933, 1937, etc. La provincia de Mendoza, sin bien no a través de obras no oficiales sino de captaciones ilegales ubicadas aguas debajo
de la última toma “pública”, (la de San Pedro del Atuel), alteraba y disponía de los caudales del río Atuel como si fueran de su exclusivo dominio.
* Antes de las alteraciones que se ejercieron en el río, siempre en la provincia mendocina y por acción humana, los brazos que entraron en La Pampa,
de este a oeste, eran: Atuel Viejo, cauce principal; Butaló; Tinajeras; De los Ingenieros y De la Barda
* En 1940 la sanción de la Ley Nacional 12.650 dispone la ejecución de la obra “Los Nihuiles” que embalsó el río e interrumpió el escurrimiento del brazo Arroyo de la Barda que era el último que quedaba. Esto coincidió con años de sequía, con lo cual se produjo una diáspora de habitantes tremenda y una mortandad de animales enorme.
* Para ejecutarla la Nación y la provincia de Mendoza suscribieron un convenio en 1941. Pero ni el texto ni la ley, ni las gestiones del convenio aludido, introdujeron cláusulas alguna que salvaguardara los derechos de La Pampa.
* En 1948 la obra se ejecuta y desaparecen, en consecuencia, los últimos caudales que llegaban a jurisdicción pampeana
* Dictado de la Resolución Nº 50/49 por parte del Consejo de Administración de la Empresa Agua y Energía Eléctrica. Se disponía por dicha resolución y con carácter provisional la entrega de caudales de las descargas del embalse El Nihuil, por un total de 27,5 Hm3 anuales, con destino a bebidas de poblaciones y ganado, riego de las praderas naturales y alimentación de represas y lagunas en jurisdicción de La Pampa. Un agente de policía, radiotelegrafista de Paso de los Algarrobos, Don Ángel Garay, le dirige una carta al Presidente de la República, en ese tiempo el General Juan Domingo Perón, quien se hace eco de ella, le da traslado a Agua y Energía y el resultado de la gestión es la famosa Resolución 50 de 1949, que ordena tres sueltas anuales por parte del Dique El Nihuil hacia La Pampa que nunca fueron hechas
* La interprovincialidad del río Atuel ha resultado conocida nuevamente por Decreto Nacional Nº 1560/73 que dispone la participación pampeana en las regalías hidroeléctricas de Los Nihuiles.
* El 8 de octubre de 1979 se efectivizó el juicio ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, por la cual La Pampa solicitó el reconocimiento de la interprovincialidad del río Atuel, como también la entrega de un cupo equivalente a la mitad del módulo, o sea 16 m3/seg
* El fallo emitido en diciembre de 1987 cual se determinó:
1. Se reconoció la interprovincialidad del río Atuel dando la razón al reclamo de los pampeanos
2. Se rechazó la solicitud de La Pampa en cuanto al cumplimiento de la Resolución 50/49 y también al pedido de manejo compartido de la cuenca a la vez que aseguró a Mendoza la disponibilidad de los caudales permanentes para satisfacer los usos consuntivos,
3. Exhortó a las provincias actoras a fijar convenios tendientes a “una participación razonable y equitativa del río Atuel,…”
* Sustentando los pedidos en el punto 3 del fallo, La Pampa ha intentado que Mendoza acepte entregar caudales. Como consecuencia de diversas gestiones se
obtuvo el Protocolo de Entendimiento provincial firmado el 7 de noviembre de 1989 por ambos gobernadores en la Corte Suprema de Justicia de La Nación y la Comisión Interprovincial del Atuel Inferior (C.I.A.I.) constituida el 14 de diciembre del mismo año.
* En el año 2003 se reunieron los representantes de la Provincia de La Pampa y de la Provincia de Mendoza correspondientes a la Subcomisión de Recursos Hídricos de la CIAI. En este año por decreto Nº 968 La Pampa formalizó la designación de los representantes pampeanos ante la Comisión Interprovincial del Atuel Inferior.